Oferta Pública de Venta (OPV)

Una Oferta Pública de Venta (OPV) es una operación bursátil en la que una persona o entidad se dirige a los inversores anunciando su intención de vender un paquete significativo de la sociedad en unas condiciones determinadas.

La OPV busca la colocación entre inversores de un paquete significativo de la sociedad que ya cotiza en bolsa o que empezará en breve espacio de tiempo. Si la sociedad no cotiza todavía se trata de una operación de mercado primario conocida como emisión de acciones y en el caso que la acción ya esté cotizando será una operación de mercado secundario. La OPV es usada para colocación de acciones de empresas que están siendo privatizadas o para ampliar la base accionarial con carácter previo a la admisión a cotización en bolsa de las acciones de una sociedad.

Características de una OPV

Una OPV es necesaria siempre que la oferta se destina no solo a inversores institucionales, si el número de inversores es superior a 50 o si el valor de emisión es superior a 5 millones de euros. En caso contrario se puede hacer una colocación privada en condiciones que se pactan de manera individual o colectiva.

A pesar de ser una oferta de venta no tiene que ser dirigida a todos los inversores, sino que se pueden elegir los destinatarios de la OPV, indicando el colectivo de inversores a los que va dirigió cada parte o tramo. Lo habitual es que haya distintos tramos: general, internacional, institucional, empleados… A cada parte se le fija un porcentaje y un precio de colocación, siempre más favorable el precio para tramo general y empleados.

Una OPV tiene distintas fases:

  • Comunicación previa a la CNMV. Hay que presentar la documentación acreditativa de las características de las acciones, derechos y obligaciones de sus tenedores, importe de la oferta, precio…
  • Publicidad de la OPV. Se puede hacer una vez que está registrada en el CNMV la documentación necesaria.
  • Cuentas anuales y auditorías. Deben ser de los dos últimos años y registradas previamente en la CNMV para que sirvan de información a posibles comprador. La CNMV puede pedir información adicional. La CNMV no garantiza la veracidad de los datos y solo se limita a registrar los datos.
  • Emisión del folleto. Es necesaria la autorización previa de la CNMV y debe constas la descripción del procedimiento de colocación y todos los datos complementarios necesario. Este folleto debe estar a disposición del público en general.
  • Prospección pública de la demanda. Se trata de tener conocimiento del grado de aceptación de la OPV entre los destinatarios de la misma. Para hacer esto antes de la OPV en sí, se solicitan órdenes provisionales de compra que tienen carácter preferente, pero no vinculante.
  • Fijación de precio. Se hace en base a los datos que se han obtenido en la prospección de la demanda.
  • Aceptación de la oferta. Los inversores aceptan la oferta a través de un intermediario financiero en el plazo y condiciones previstas en el folleto. En el caso que la demanda sea superior a la oferta se realiza un prorrateo.
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